Se somete a consulta pública previa, a la elaboración del Reglamento Regulador del Canal de Denuncias del Ayuntamiento de Algarrobo, durante el plazo de los veinte días (art. 83.2 LPACAP) siguientes a la publicación del presente Edicto en el sitio web municipal, a fin de que los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus opiniones, la siguiente memoria y el borrador del reglamento regulador.
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