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Playa de Algarrobo Costa
De noche, con efecto fotográfico en las letras de Algarrobo
Atardecer en Algarrobo
Vista panorámica de Algarrobo al atardecer
Playa de Mezquitilla
Panorámica de la playa de Mezquitilla
Pasarela
Pasarela de Algarrobo Costa a Mezquitilla
Algarrobo
Panorámica desde arriba
Casa Diocesana
En Trayamar
Calle Nueva
Bonita vista desde el comienzo de la calle
Mirador
Desde el que se ve la costa de Algarrobo
Parque de La Escalerilla
Vista general del parque

Podrán ser nuevos beneficiarios (25% de descuento) por circunstancias económicas relacionadas con el COVID 19:

  1. Los trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad a causa del COVID 19.
  2. Los trabajadores autónomos con un descenso de su facturación de un 75% de promedio respecto al semestre anterior a causa del COVID 19.

Para estos 2 casos, se aumentan los niveles de renta a partir de los cuales pueden acceder al 25% de descuento en la factura eléctrica. Así, podrán acogerse a este descuento cuando su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenezca sea:

  • 3 veces IPREM (22.558,7€) si hay un menor en la unidad familiar.
  • 2,5 veces IPREM (18.798,9€) si no forma parte de una unidad familiar.
  • 3,5 veces IPREM (26.318,7€) si hay dos menores en la unidad familiar.

La condición de consumidor vulnerable por causas vinculadas al COVID-19 se extinguirá cuando dejen de concurrir las circunstancias de actividad económica referidas, estando obligado el consumidor a comunicar este hecho al comercializador de referencia (art. 28.3 Rd Ley 11/2020). En ningún caso la consideración de consumidor vulnerable se extenderá más de 6 meses desde el inicio de su devengo sin perjuicio de la posibilidad de acogerse a dicha condición en cualquier momento anterior o posterior a esa fecha, al amparo del resto de supuestos previstos en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.


El bono social se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que tenga lugar la recepción de la solicitud completa con la documentación acreditativa que sea necesaria. Se aplicará en la siguiente factura, siempre que dicha factura se emita transcurridos como mínimo quince días hábiles desde la recepción de la solicitud completa del consumidor por el comercializador de referencia.

¿Cómo solicitar el Bono Social?

Solicitándolo, por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente a alguna de las comercializadoras de referencia, quienes tiene la obligación de ofrecer y financiar el bono social.

Toda la información al respecto en el siguiente enlace: https://www.bonosocial.gob.es/#inicio

Para cualquier duda o aclaración, les atendemos en el Área de desarrollo local:

Teléfonos: 627968377 / 627967084
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Ayuntamiento Villa de Algarrobo